Preguntas frecuentes del transportista sobre el DeCA
Respuestas a las dudas más comunes de los transportistas sobre el DeCA: quién lo emite, cómo se muestra en inspección, qué pasa si el cargador no lo genera.
¿El transportista puede generar el DeCA por su cuenta?
Técnicamente sí, pero no es recomendable. Según el artículo 7.2 de la Orden FOM/2861/2012, el cargador contractual es responsable de los datos del envío (origen, destino, mercancía, peso). Si el transportista genera el DeCA y se equivoca en esos datos, la sanción es para el cargador. Por eso lo ideal es que el cargador genere el DeCA y el transportista solo añada la matrícula.
¿Qué hago si el cargador no tiene el DeCA?
Recuérdale que es su obligación legal generarlo antes de cada carga. Si el cargador no sabe cómo hacerlo, puedes recomendarle que use documentodecarga.com. Como transportista, tienes derecho a exigir el DeCA antes de iniciar el transporte.
¿Cómo muestro el DeCA en un control?
Abre el enlace que te ha enviado el cargador o muestra el QR. El agente escanea el QR con su terminal y accede al documento directamente. No necesita tocar tu móvil. Si no tienes cobertura, el documento se puede visualizar si lo abriste antes de perder la señal.
¿Necesito imprimir el DeCA?
No. El DeCA es digital. Se muestra en el móvil. La Resolución BOE-A-2026-12784 exige que el documento sea accesible vía HTTPS sin autenticación. El QR es suficiente.
¿Qué pasa si hago varios viajes en un día?
Cada viaje necesita su propio DeCA. No hay límite de documentos diarios. El cargador genera uno nuevo para cada transporte.
¿El DeCA caduca?
El DeCA es válido para el día del transporte. No caduca mientras esté a bordo durante el servicio. La normativa exige conservarlo al menos 1 año después.
¿Puedo modificar el DeCA después de cerrarlo?
No. Una vez cerrado, el documento es inmutable. Si hay que cambiar algún dato (por ejemplo, si cambia el vehículo en ruta), se genera una nueva versión que conserva el historial anterior.
Contexto normativo del DeCA
El DeCA (Documento electrónico de Control Administrativo) es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. Nace de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, a través de su Disposición Transitoria Octava, que modifica la Orden FOM/2861/2012. La Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) completa los requisitos técnicos: PDF nativo, código QR, acceso HTTPS sin autenticación, y conservación durante al menos un año.
El objetivo es que los agentes de inspección (Guardia Civil de Tráfico, agentes de Transportes) puedan verificar la información del transporte en tiempo real, escaneando el QR del documento. Este sistema reemplaza el antiguo control en papel y exige que tanto el cargador como el transportista cumplan sus responsabilidades específicas.
Exenciones del DeCA
El artículo 2 de la Orden FOM/2861/2012 establece cuatro categorías de exenciones. No necesitas DeCA si tu actividad encaja en alguna de estas:
- Transporte privado complementario: cuando transportas mercancías con tus propios medios sin ánimo de lucro para terceros.
- Mudanzas: cuando transportas efectos personales propios o de familiares en una mudanza.
- Vehículos accidentados: cuando transportas un vehículo que ha sufrido un accidente hasta un taller.
- Paquetería de bultos manejables por una persona: cuando la mercancía se compone de bultos que una sola persona puede manejar.
Si no estás seguro de si tu actividad está exenta, consulta con un experto en normativa de transportes. Aplicar una exención de forma incorrecta equivale a no tener el DeCA y acarrea la misma sanción.
DeCA frente a otros documentos
El DeCA convive con otros documentos obligatorios en el transporte de mercancías:
- Carta de porte (Ley 15/2009): acredita el contrato de transporte. Coexiste con el DeCA, son documentos diferentes con funciones diferentes.
- CMR (carta de porte internacional): para transporte internacional. El DeCA es solo nacional. Ambos pueden coexistir si realizas transporte mixto.
- eCMR (carta de porte electrónica internacional): versión digital de la CMR para transporte internacional. No sustituye al DeCA.
- eFTI (Formato de comercio electrónico): estándar europeo (Reglamento UE 2020/1056) que entrará en pleno funcionamiento en 2027. No sustituye al DeCA, pero reconocerá documentos como el DeCA entre estados miembros.
Responsabilidades y sanciones
El artículo 7 de la Orden FOM/2861/2012 establece las responsabilidades por datos del DeCA:
- 7.1: la inexistencia del documento puede sancionarse al cargador si no lo emitió, y al transportista si no lo lleva.
- 7.2: el cargador responde de los datos del envío (nombre/NIF/domicilio, datos del transportista, origen/destino, naturaleza/peso).
- 7.3: el transportista responde de la autorización especial, fecha, y matrícula del tractor y remolque.
Las sanciones por no portar el DeCA se aplican por transporte individual (no por empresa), y oscilan entre 401 y 600 € por infracción, conforme al artículo 141.17 y 143.d de la LOTT.
Proceso de cierre del DeCA
Cuando el transportista recibe el DeCA del cargador, tiene dos formas de completarlo:
- Escaneando el QR con la cámara del móvil. Se abre el documento en el navegador y se añade la matrícula.
- Introduciendo el código alfanumérico directamente en la barra de direcciones del navegador.
Una vez añadida la matrícula, el documento se cierra automáticamente y queda inmutable. Si no se cierra al terminar el día de emisión, el sistema cierra automáticamente con el estado "pendiente de matrícula por parte del transportista", manteniendo la validez del documento pero registrando que el transportista no completó su responsabilidad a tiempo.
Planes y coste del DeCA
Los servicios de generación de DeCA suelen ofrecer diferentes niveles:
- Gratuito (0 €): para uso ocasional, con un número limitado de DeCA mensuales.
- Profesional (29 €/mes): para flotas medianas, con hasta 100 DeCA mensuales.
- Empresarial (69 €/mes): para grandes operadores, con hasta 500 DeCA mensuales.
- A medida: para operadores con necesidades muy superiores.
Los mismos planes están disponibles tanto para el cargador como para el transportista. Cumplir con el DeCA es un gasto operativo obligatorio, no opcional.